sábado, 30 de noviembre de 2013

Prestación de Riesgo durante el embarazo

La prestación económica trata de cubrir la pérdida de rentas que se produce, durante el período de suspensión del contrato de trabajo por riesgo durante el embarazo, cuando la trabajadora debiendo cambiar de puesto de trabajo o de actividad por otro compatible con su estado,  no resulte técnica u objetivamente posible dicho cambio o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados.
La prestación económica consiste en un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora correspondiente:
  • La base reguladora será la equivalente a la que esté establecida para la prestación de incapacidad temporal (IT) derivada de contingencias profesionales, tomando como referencia la fecha en que se inicie la suspensión del contrato.
  • Cuando el régimen de que se trate no contemple la cobertura de las contingencias profesionales, la base reguladora será la equivalente a la establecida para la prestación por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.

    En las situaciones de pluriempleo

viernes, 29 de noviembre de 2013

Ya sois en España más de 60.000 adolescentes y adultos con cardiopatía congénita.

Las cardiopatías congénitas son lesiones anatómicas de una o varias de las cuatro cámaras cardíacas, de los tabiques que las separan, o de las válvulas o tractos de salida (zonas ventriculares por donde sale la sangre del corazón) de origen congénito (de nacimiento) cuya causa exacta se desconoce. 
No es infrecuente que las lesiones congénitas cardiacas se combinen entre sí de forma que un mismo paciente puede tener múltiples lesiones congénitas cardiacas.
Finalmente las cardiopatías congénitas del adolescente y adulto merecen ser tratadas con especial relieve pues más y más niños con cardiopatía congénita operados en el pasado, están llegando a la edad adulta y muchos de ellos están médicamente desamparados al no dominar los cardiólogos de adulto esta patología.
Finalmente los que tengáis cardiopatías complejas debéis mantener una supervisión muy estrecha en unidades especializadas en cardiopatías congénitas del adulto.

jueves, 28 de noviembre de 2013

Fármacos que aumentan / disminuyen la acción del sintrom(AVK ó ACO)

Fármacos que aumentan la acción del sintrom:

Acarbosa (+)
 Bicalutamida (++)
Diflunisal (+)
Isoniazida (++)
Propranolol (+)
Ácido Etacrínico (1)
 Cefaloridina (++) (7)
Disopiramida (6)
Itraconazol (+++)
Quinidina (++) (4)
Ácido meclofenámico (++)
Cefonicida (++) (7)
Disulfiram (+++)
Ketoconazol (5)
Quinina
Ácido mefenámico (++)
Cetirizina (10)
Eritromicina (+++)
L-Carnitina (5)
Roxitromicina (5)
AAS y salicilatos (+++)
Ciclosporina (+) (12)
Esteroides anabolizantes (+++)
Lovastatina (8) (+++)
Saquinavir (5)
AINE's (2)
Cimetidina (+) (16)
Fenitoína (4)
Metamizol (++)
Simvastatina (8) (++)
AINE's inhibidores COX-2 (+++)
Cincofeno
Fenofibrato (+)
Metronidazol (++)
Sulfamidas (+++)
Alcohol (3)
Ciprofloxacino (++) (11)
Fluconazol (+++)
Miconazol (+) (13)
Sulfinpirazona (++)
Alopurinol
Cisaprida (+)
Fluorouracilo (5-FU) (+)
Neomicina (+) (16)
Tamoxifeno (+++)
Amiodarona (+++)
Claritromicina (++)
Flutamida (++)
Norfloxacino (++)
Terbinafina (+) (9)
Amoxicilina (+) (9) (10) (18)
Clofibrato (+++)
Fluvastatina (8)
Ofloxacino (++)
Tetraciclinas (+) (6)
Anticonceptivos orales (+++)
Cloranfenicol
Gemfibrocilo (+++)
Omeprazol (6) (17)
Tiabendazol (9)
Antidepresivos tricíclicos (++)
Corticoides orales (4) (++)
Heparina (++)
Parafina líquida
Tramadol (++)
Azitromicina (5) (6) (14)
Co-trimoxazol (+++)
Hipoglucemiantes orales
Paroxetina
Vacuna antigripal (5) (6)
Aztreonam (++)
D-Tiroxina

Pefloxacino (++)
Viloxacina (++) (5)
Benziodarona (++)
Danazol
Indinavir (5)
Pentoxifilina (+++)

Bezafibrato (++)
Dextropropoxifeno (+) (5)
Interferón alfa-2b (++)
Propafenona (++)



Fármacos que disminuyen la acción de los anticoagulantes:


Aminoglutetimida (++)
Dipiridamol
Misoprostol (+)
Azatioprina (++)
Diuréticos tiazídicos
Rifampicina (+++)
Barbitúricos (+++)
Espironolactona
Ritonavir (++)
Carbamazepina (+++)
Estrógenos (1)
Sucralfato (++)
Carbimazol (4)
Etetrinato
Tiamazol (4)
Ciclosporina (6) (++)
Fenitoína (++) (1)
Ticlopidina (8)
Colestipol (5) (++)
Griseofulvina (+++)
Trazodona (9)
Colestiramina (5) (++)
Mercaptopurina (++)
Vitamina
Dicloxacilina (2) (++)
Mianserina (7)


miércoles, 27 de noviembre de 2013

Cualquier persona debería saber qué hacer cuando ve a una persona sin conocimiento.




GUIAS DE LA AHA  2010 EN ESPAÑOL
 FUENTE: CSI ALAQUAS

http://www.cardioproteccion.mx/sitio/index.php?option=com_content&view=article&id=212&Itemid=159

http://www.cardioproteccion.mx/sitio/index.php?option=com_content&view=article&id=212&Itemid=159



1.En primer lugar, alertar al Sistema de Emergencias, (CICU) llamando al teléfono 112.
2.Comenzar las Compresiones en el pecho (masaje cardiaco). Para ello, arrodillado junto a un hombro de la víctima,  debe colocarle el talón de una mano en el centro del pecho, sobreponer la otra mano entrelazando los dedos y, sin flexionar los codos, con sus hombros alineados con  el esternón de la víctima, comprimir el pecho para bajar el esternón al menos 5 centímetros .
3.Después, debe liberar la presión y repetir las compresiones hasta llegar a 30. A continuación es necesario dar respiraciones de rescate. Para ello debe pinzar la nariz con los dedos pulgar e índice de una mano y elevar el mentón con la otra mano, permitiendo que la boca quede abierta y soplar en la boca de la víctima -observando que su pecho se eleva- durante aproximadamente 1 segundo.
4.Manteniendo la maniobra frente-mentón, observará que el pecho de la víctima desciende y tomará aire de nuevo para soplar una vez más. En total, las dos respiraciones no deben superar los 5 segundos.
5.Seguidamente hay que combinar las compresiones torácicas y las respiraciones de rescate, a un ritmo de 30 compresiones, 2 respiraciones de rescate. Sólo se parará si llega un equipo de emergencias, la víctima comienza a despertar o el reanimador llega a estar exhausto.
Si hay dos reanimadores, se alternarán cada 2 minutos para prevenir su cansancio. Sólo los reanimadores experimentados podrán hacer la RCP combinada: uno masaje y otro ventilaciones, cambiando sus posiciones cada dos minutos. Cuando hay dos reanimadores, puede ser útil contar las compresiones en voz alta.

La RCP sólo con compresiones pude utilizarse cuando quien atiende a una víctima no está entrenado en RCP o no desea aplicar el boca a boca. En tal caso, debe comprimirse el pecho a 100 por minutos (pero no más de 120).

martes, 26 de noviembre de 2013

¿Por qué son peligrosos los frutos secos para los niños?



Según los pediatras españoles, entre el 60% y el 80% de los atragantamientos se producen por culpa de los frutos secos, encabezados por los cacahuetes (que causan casi la mitad de los accidentes). Y pese a que las estadísticas sobre mortalidad infantil por atragantamiento y asfixia han descendido significativamente en las últimas décadas, el ahogamiento por un cuerpo extraño representa nada menos que el 40% de las muertes en menores de un año.
Los niños de uno a cuatro años son los que presentan mayor riesgo y, como alertan los especialistas, a menudo, son los propios familiares quienes les dan estos alimentos desconocedores de sus riesgos. En niños mayores de 11 años, los atragantamientos se producen mayoritariamente por objetos inorgánicos. En el caso de objetos extraños no alimentarios, "el 29% de las muertes por aspiración lo son por globos", 

domingo, 24 de noviembre de 2013

La toma de TA en el domicilio (AMPA)



   La medición no debe hacerse después de las comidas.

   Ni en situaciones de dolor o angustia

   Es conveniente orinar antes de medir la tensión arterial

   Se debe evitar el consumo de alcohol, café o tabaco al menos desde una hora antes 
de realizar la medición

   El ambiente de las mediciones de presión arterial en lugar tranquilo, sin ruido y con temperatura

siempre una tensión arterial más elevada (el profesional sanitario indicará cuales) y éste ha de estar
extendido a la altura del corazón y sin ropa que oprima o interfiera en los valores.



http://www.seh-lelha.org/swf/hipertension.swf

jueves, 21 de noviembre de 2013

Situación protegida: Riesgo para el embarazo o lactancia natural.

A efectos de la prestación económica, se considera situación protegida el periodo de suspensión del contrato de trabajo en los supuestos en que, debiendo la mujer trabajadora cambiar de puesto por otro compatible con su estado, dicho cambio de puesto no resulte técnica u objetivamente posible, o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados. La prestación tendrá la naturaleza de prestación derivada de contingencias profesionales.
Requisitos
- Situación de alta en Seguridad Social.
- Estar embarazada o, en su caso, en situación de lactancia natural.
- Desempeñar un puesto de riesgo para el embarazo o lactancia natural
- Que la empresa suspenda el contrato de trabajo por imposibilidad de adaptación o por la inexistencia de un puesto de trabajo exento de riesgo.
Duración de la prestación
- Inicio: desde el día en que se inicie la suspensión del contrato de trabajo
- Finalización, el día anterior a:
  • Inicio suspensión contrato por maternidad o por nacimiento del hijo, en supuestos de riesgo durante el embarazo.
  • Reincorporación a su puesto de trabajo anterior u otro compatible a su estado.
  • Extinción contrato.
  • Por interrupción del embarazo o lactancia natural.
  • Cuando el hijo cumpla 9 meses (lactancia)
  • Por fallecimiento de la beneficiaria o del hijo lactante.






Cuantía de la prestación
100% de la base reguladora por Incapacidad Temporal derivada de Contingencias Profesionales .
Gestión y pago
A cargo de la Entidad Gestora o Colaboradora con la que la empresa tenga asegurado el riesgo profesional o la Mutua a la que la trabajadora autónoma esté adherida.